ENTRADA EN VIGOR LAS NUEVAS MEDIDAS DEL REAL DECRETO LEY 6/2023 EL 20 DE MARZO DE 2024

El pasado 21 de diciembre de 2023 entró en vigor el RDL 6/2023, de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública,
régimen local y mecenazgo.

Este Real Decreto Ley es de gran relevancia en cuanto a las medidas de eficiencia procesal que incluye, sobre todo en la creación de la denominada “Carpeta Justicia”.
La Carpeta Justicia es una herramienta que va a permitir a los ciudadanos acceder a los expedientes en lo que sean parte o interesados, así como tramitar las comunicaciones que se efectúen en relación con los mismos.
Uno de los cambios más significativos, íntimamente relacionado con la Carpeta Judicial, es el primer emplazamiento o citación afecta a las personas jurídicas. Y es que a partir de la entrada en vigor de las medidas de eficiencia procesal el próximo 20 de marzo de 2024, las personas jurídicas podrán recibir el primer emplazamiento o citación judicial mediante medios electrónicos.
Cabe recordar que, hasta ahora, la doctrina del Tribunal Constitucional era que el primer emplazamiento debía ser físico y personal.
Sin embargo, a partir del 20 de marzo esta situación cambia. Por tanto, las empresas deberán aumentar su diligencia y mantener una constante revisión de plataformas digitales de comunicación la administración de justicia (tales como Dirección Electrónica Habilitada única -DEHú-, Carpeta Judicial o la sede judicial electrónica). En este sentido, se hace necesario que las empresas confirmen que tienen correctamente configuradas la recepción de notificaciones en estas plataformas para cuando entre una
comunicación.
En el caso de que se realice una notificación electrónica y que transcurran tres días sin que la empresa acceda a su contenido, la comunicación se publicará por la vía del Tablón Edictal Judicial Único. Otra medida a tomar será configurar un sistema de alertas en el Tablón Edictal Judicial Único.
Por último, cabe mencionar otro aspecto clave de las medidas de eficiencia digital adoptadas en el Real Decreto. Y es que se apuesta por una universalización de la celebración de vistas y actos procesales a través de videoconferencia o medios telemáticos, siempre que lo Juzgados tengan medios suficientes para ello.